Cada Unidad militar desde principios del siglo XIX (las primeras causas que se corservan en el Archivo Intermedio Militar de Ferrol son de 1809, del tribunal de Vigo) disponía de tribunales encargados de juzgar el comportamiento de los militares. Por otro lado durante la Guerra Civil y en años consecutivos se juzgaron delitos de deserción, robos, asesinatos..etc en tribunales militares.
2.3 Lugares:
España. Residencia, sede: Coruña. Otro lugar asociado: Ferrol
2.4 Estatuto jurídico:
Conoce de las materias que la Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio, de Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar le atribuye.. Tipo de jurisdicción: Militar
2.5 Funciones, ocupaciones y actividades:
Actividad:
Jurisdicción militar.
En el Tribunal Militar Territorial cuarto conoce en materia penal de los procedimientos por delito de la competencia de la jurisdicción militar cometidos por militares con empleo comprendido entre soldado o marinero y capitán o teniente de navío.
En materia contencioso-disciplinaria militar, de los recursos jurisdiccionales en materia disciplinaria militar que procedan contra sanciones impuestas por los mandos militares y que no sean de la competencia de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ni del Tribunal Militar Central.
2.7 Estructura(s) interna(s)/Genealogía:
Los fondos judiciales están formados en su mayoría, por diligencias y causas que tuvieron lugar durante los años de la contienda civil (1936-1938) y años posteriores, por lo que su reelevancia histórica es fundamental a la hora de investigar sobre delito sde guerra, sangre, desaparecidos, genealógicos, familiares, hsitoria contemporánea así como de las mentalidades, evolución de la justicia y los códigos jurídicos..etc. El resto del fondo correspondiente a causas juzgadas sobre delitos cometidos por personas de la vida castrense (militares de grado, reclutas ..etc)